MUDANZAS

Por favor complete la siguiente solicitud, la revisaremos y nos pondremos en contacto con usted.
Ver Reglamento
  1. Cuando se realicen los trasteos (entrada o salida), solicitar su respectiva orden con tres (3) días de anticipación. Estos deberán efectuarse en el horario específico, comprendido entre las 8 A.M y las 5 P.M. de lunes a sábado, y deberá consignarse en la Administración un depósito equivalente a diez (10) salarios mínimos diarios, en previsión de los daños que puedan causarse con el trasteo o mudanza. El Supervisor de Vigilancia hará un recorrido con el responsable del trasteo, e inspección sobre el estado de los muros y aseo; terminada la labor del trasteo y antes de dar salida al camión se hará nuevamente inspección de muros y zonas verdes.
  2. En ningún caso se autoriza la salida de trasteos después de las cinco (5) de la tarde y antes de las seis (6) de la mañana, igualmente los domingos y festivos en concordancia con las normas de carácter policivo existentes.
  3. En ningún caso se podrá autorizar el ingreso o salida de trasteos, total o parcial, sin la respectiva autorización escrita del titular del inmueble y/o Administrador del inmobiliario, registrada en días y horas hábiles.
  4. El Administrador y los Vigilantes quedarán ampliamente facultados para vigilar la operación de trasteos y tomar las medidas necesarias en bien del Conjunto Residencial.
  5. El Administrador, antes de autorizar el ingreso de un nuevo residente hará diligenciar el formato de registro de residentes y a su vez se le hará entrega del Reglamento de propiedad Horizontal.
  6. Todo residente que realice trasteo o mudanza, deberá quedar a Paz y Salvo con la Administración.
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